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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha abierto la puerta a la posibilidad de presentar un recurso contra la Justicia europea en relación a la amnistía concedida a los acusados de ‘juicio’, Josep María Jové y Lluís Salvadó. En la misma resolución, el Tribunal de Justicia Civil y Penal también se pronuncia, por un plazo de diez días, sobre la posible inconstitucionalidad de la aplicación de la medida de indulto, sosteniendo que se vulneran tanto los delitos de prevaricación como los de desobediencia. De esta forma, los magistrados consideraron que la conducta inadecuada había sido tenida en cuenta por la ley y, por tanto, dejaron sin efecto las medidas cautelares adoptadas durante el juicio.
Tras consultar a las partes implicadas sobre la posible aplicación de negligencia penal, el tribunal estableció que tanto la prevaricación como el incumplimiento, por el que también se está realizando la fiscalización efectiva, Natàlia Garriga, podrían utilizarse para procesar a los presuntos autores del delito de amnistía. Los magistrados advirtieron de las malas conductas imputadas a Jové y Salvadó, señalando en su resolución que sólo se considerarán excluidos quienes actuaron con el objetivo de obtener un enriquecimiento personal. La interpretación de este «enriquecimiento», según la resolución, se aplica cuando el imputado «no pretendía obtener un beneficio personal de carácter pecuniario».
El tribunal sostiene también que «la intensidad de la congelación de pagos a favor de miembros del Govern de la Generalitat no puede aplicarse a quienes no formaron parte de este Govern ni tienen capacidad para participar en la adopción del Decreto y del Acuerdo del Gobernador ». , lo que habría desencadenado el delito de malversación de fondos». Se establecerá que los sujetos quedarán exentos de su responsabilidad penal tanto que Giove y Salvado, al igual que el resto de los imputados, «sin tener la disponibilidad de esos fondos, participarán en la ejecución y reversión del dinero». En relación con la ejecución de dichas órdenes o cargas derivadas de dicho dispositivo inicial, no se podrá confirmar la propuesta de enriquecimiento.
La conclusión del tribunal es que los delitos de fraude fiscal imputados a Jové y Salvadó son «amnistibles». Sin embargo, surge la necesidad de cuestionar la adecuación del derecho extinto a principios y valores constitucionalmente protegidos, como la seguridad jurídica y la prohibición de la arbitrariedad por parte de los poderes públicos, así como la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley. Por ello, en un lugar concreto, la Agencia Tributaria, Hacienda del Estado, el Ministerio de Hacienda y Defensa expondrán sus argumentos sobre la pertinencia de plantear la cuestión de inconstitucionalidad y plantear las cuestiones prejudiciales correspondientes ante el Tribunal de Justicia de la República. Unión. Europeo.
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